El Supremo advierte a Kutxabank contra la costumbre de recurrir sentencias por inercia

El Tribunal Supremo ha vuelto a advertir a Kutxabank de que prolongar innecesariamente los litigios hipotecarios puede constituir un abuso procesal y tener consecuencias económicas. Lo ha hecho en dos autos del 22 de octubre de 2026, en los que admite recursos del banco contra sentencias de las audiencias provinciales de Álava y Soria, pero al mismo tiempo insta a las partes a desistir o alcanzar acuerdos cuando la jurisprudencia permita anticipar el resultado.

La advertencia se produce en un contexto de miles de recursos pendientes sobre la validez de las comisiones de apertura hipotecarias, una situación que está saturando la Sala de lo Civil del Supremo y que ya fue analizada por Gananzia a principios de octubre.

El tribunal ha admitido ahora tres nuevos recursos de Kutxabank, dos procedentes de Álava y uno de Soria. Los dos primeros se dirigen contra sentencias dictadas el 9 de mayo de 2023 por la Audiencia Provincial de Álava, mientras que el tercero cuestiona una resolución de la Audiencia de Soria del 19 de junio del mismo año.

En dos de los autos, identificados como ATS 9568/2026 y ATS 9490/2026, el Supremo recuerda que los recursos forman parte de los miles de procedimientos pendientes sobre las comisiones de apertura. Y, aunque admite su tramitación, exhorta a las partes a evitar que continúen cuando el desenlace pueda conocerse de antemano.

«En la medida en que la jurisprudencia permita a las partes conocer de antemano cuál será la resolución del recurso, les instamos a que desistan, se allanen o lleguen a un acuerdo que suponga la terminación del proceso», señala el tribunal.

La advertencia va acompañada de una posible sanción económica indirecta. Si las partes no ponen fin al litigio y el tribunal considera posteriormente que deberían haberlo hecho, podrá apreciar que su comportamiento constituye un abuso procesal y tenerlo en cuenta al decidir quién debe asumir las costas judiciales.

El mensaje no se dirige exclusivamente a Kutxabank. También afecta a los consumidores y sus abogados, que pueden mantener reclamaciones pese a que la jurisprudencia ya permita anticipar que serán desestimadas. Tampoco supone que el Supremo considere abusivos los tres recursos del banco, que han sido admitidos a trámite.

Sin embargo, la reiteración de estas advertencias refleja la preocupación del tribunal por una litigiosidad que continúa acumulándose años después de que comenzaran las reclamaciones masivas contra las cláusulas hipotecarias.

Kutxabank ocupa una posición destacada en esta situación. Una investigación realizada por Gananzia a principios de octubre localizó 795 resoluciones del Supremo dictadas durante 2026 que contenían simultáneamente las expresiones «miles de recursos» y «comisión de apertura». En 106 de ellas aparecía Kutxabank, lo que representaba el 13,3% del total.

Entre las entidades analizadas, únicamente Unicaja, con 227 resultados, y BBVA, con 129, superaban al banco vasco. Santander figuraba en 53 resoluciones y Caixabank en once. Estas cifras no permiten determinar por sí solas qué entidad recurre proporcionalmente más, porque también dependen del número de reclamaciones recibidas y de las cláusulas utilizadas históricamente por cada banco.

Lo llamativo es que Kutxabank sigue recurriendo resoluciones dictadas hace más de tres años, cuando el Supremo ya ha establecido criterios para determinar cuándo las comisiones de apertura son válidas y cuándo pueden considerarse abusivas.

La jurisprudencia no declara nulas todas estas comisiones. Su validez depende de factores como la transparencia de la cláusula, la información proporcionada al consumidor antes de contratar, la ausencia de cobros duplicados y la proporcionalidad de su importe. De hecho, el Supremo también ha estimado recursos de Kutxabank sobre esta materia, como ocurrió en julio de 2026 con una sentencia de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa que fue parcialmente revocada.

El tercero de los nuevos autos, ATS 9569/2026, presenta una particularidad. La parte contraria a Kutxabank no se ha personado ante el Supremo, por lo que el tribunal ha prescindido del trámite de oposición y ha dejado el procedimiento pendiente de señalamiento para su resolución. En este caso, el auto no identifica expresamente la materia litigiosa ni contiene la advertencia sobre el abuso procesal.

Los nuevos procedimientos reproducen así una situación que Gananzia ya había detectado en septiembre, cuando el Supremo admitió varios recursos de Kutxabank contra resoluciones de la Audiencia de Álava y formuló advertencias semejantes. La diferencia entre admitir un recurso y estimarlo resulta fundamental. La admisión significa únicamente que cumple inicialmente los requisitos para ser examinado, no que el banco tenga razón.

El Supremo parece querer evitar que esa posibilidad formal de recurrir se convierta en una prolongación automática de pleitos cuya solución ya puede deducirse de la doctrina judicial. Su advertencia es que seguir litigando cuando el resultado es previsible y no existe una justificación suficiente puede tener consecuencias económicas para quien mantenga vivo el procedimiento.

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