Dornier gestionaba la OTA de Barakaldo con hojas excel y sin facilitar todos los datos de recaudación exigidos

La empresa Dornier, adjudicataria durante más de dos décadas del servicio de estacionamiento regulado de Barakaldo, ha perdido su batalla judicial contra el Ayuntamiento por los incumplimientos detectados en la gestión de la OTA. Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Bilbao ha confirmado una penalización de 105.862 euros por diversas deficiencias, entre ellas la utilización de hojas excel para determinadas funciones de gestión, la falta de información sobre la recaudación y el incumplimiento de la ordenanza municipal de tráfico.


La resolución, fechada el 7 de julio de 2026, resulta especialmente significativa porque los incumplimientos no se habían corregido cuando se celebró el juicio, pese a las advertencias municipales y a la existencia de expedientes de penalización anteriores. Así lo declaró el técnico de Idom, la ingeniería contratada por el Ayuntamiento para supervisar la prestación del servicio.

Dornier, propiedad del gestor de aparcamientos Empark, había resultado adjudicataria del contrato en diciembre de 2022, después de llevar gestionando la OTA de Barakaldo desde 1998. La nueva adjudicación contemplaba un importe de aproximadamente 4,6 millones de euros, sin IVA, por dos años. Los incumplimientos que dieron origen al litigio se detectaron entre abril y agosto de 2023.

Según la sentencia, la empresa no respetaba las frecuencias de recogida de matrículas establecidas en el pliego de condiciones. Tampoco realizaba correctamente la renovación de los tiques de estacionamiento, que se llevaba a cabo mediante un procedimiento diferente al previsto en la ordenanza municipal. Los nuevos parquímetros disponían de capacidad técnica para adaptarse a la normativa, pero la aplicación informática necesaria no se había desarrollado.

Otra de las irregularidades afectaba al control económico del servicio. Dornier no facilitaba todos los datos de recaudación exigidos contractualmente, una carencia que el técnico de Idom comprobó mediante capturas de pantalla de la propia aplicación de la empresa. La sentencia no cuantifica posibles diferencias en la recaudación ni acredita la existencia de ingresos desviados, pero sí constata deficiencias en la información disponible para la supervisión municipal.

Los problemas también alcanzaban a la organización interna. La solución basada en excel que Dornier ofrecía para gestionar los avisos resultaba insuficiente para las exigencias del contrato. La empresa tampoco individualizaba adecuadamente los partes de trabajo y presentaba únicamente otra hoja excel para el inventario del estacionamiento.

Además, no proporcionaba toda la información en tiempo real sobre la ubicación de sus trabajadores, aunque el técnico reconoció ciertas mejoras en este apartado. El centro de control tampoco cumplía íntegramente las condiciones del pliego, si bien esta última deficiencia fue considerada de menor importancia.

La resolución judicial reproduce los argumentos del Ayuntamiento para justificar la cuantía de la penalización. La administración municipal había apreciado reincidencia, resistencia a cumplir los requerimientos de la dirección del servicio y un incumplimiento de la ordenanza de tráfico que, según los informes municipales, la propia empresa reconoció abiertamente. Incluso se recoge que sus representantes manifestaron verbalmente su intención de seguir actuando de la misma manera, según las actas de las reuniones celebradas los días 13 y 27 de septiembre de 2023.

Dornier recurrió la penalización alegando, entre otros motivos, que los informes de Idom carecían de suficiente valor probatorio por proceder de una empresa privada. También cuestionó su rigor técnico, sostuvo que el expediente había caducado y consideró desproporcionada la cantidad exigida.

El magistrado Alfonso Álvarez-Buylla ha rechazado todos esos argumentos. Considera que el Ayuntamiento podía externalizar la supervisión del contrato, del mismo modo que había externalizado la prestación del servicio, y recuerda que Dornier no impugnó en su momento el nombramiento de Idom como responsable de su control.

El juez también destaca que la adjudicataria no aportó un informe técnico contradictorio que desvirtuara las conclusiones de la ingeniería. Por el contrario, uno de los autores del informe compareció en el juicio y respondió a las preguntas de las partes.

Respecto a la caducidad, la sentencia aplica la jurisprudencia del Tribunal Supremo que distingue las penalidades contractuales de las sanciones administrativas. Las primeras forman parte de la ejecución del contrato y no están sometidas al plazo general de caducidad de los procedimientos sancionadores.

Finalmente, el juzgado considera proporcionada la penalización, equivalente al 2,5% de una base contractual de 4,23 millones de euros, dada la cantidad de incumplimientos, su reiteración y la falta de corrección en plazos razonables. La sentencia desestima íntegramente el recurso y condena a Dornier a pagar las costas judiciales, limitadas a 1.500 euros.

Dornier dejó de gestionar la OTA de Barakaldo en 2025, cuando el servicio pasó a manos de Valoriza. La sentencia puede ser recurrida en apelación, por lo que el documento no permite determinar si la resolución es ya firme.

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