Así queda la fiscalidad de startups e inversores: Bizkaia, Gipuzkoa (y Alava) siguen ganando
Con la aprobación de la nueva Ley de Startups en Madrid, se aclara la situación fiscal de emprendedores e inversores, que ya había sido tratada en las diputaciones vascas, que empezarán a aplicar los últimos cambios en enero de 2022. Y hay una conclusión clara: en general, es mucho más atractiva la regulación vasca que la del territorio común para las empresas e incluso para los que invierten.
Hagamos un resumen:
- Madrid gana en impuesto de sociedades, al reducir el tipo al 15% durante los cuatro primeros años, frente al 20% en territorio foral. Pero esto es el chocolate del loro, dado que una empresa de nueva creación generalmente no registra beneficios, por lo que no le es aplicable este tributo. Además, en Euskadi los incentivos a la I+D son mucho más generosos, por lo que es muy difícil que una startup termine pagando algo por impuesto de sociedades.
- Madrid gana a priori en incentivos al emprendedor e inversor, aunque con la letra pequeña hace tablas. Mientras en territorio común se ha aprobado una deducción del 50% del impuesto de la renta (IRPF) por las aportaciones hechas a startups, Gipuzkoa y Bizkaia se quedan en el 30 y el 35%, respectivamente. Eso sí, las bases imponibles máximas aplicables son muy superiores en Gipuzkoa (300.000 euros) y Bizkaia (200.000), por lo que para grandes inversores la cantidad deducible puede ser incluso mayor en ambos territorios forales: hasta 90.000 euros en Gipuzkoa, 70.000 en Bizkaia y 50.000 en el Estado. En Alava bajaría a los 40.000 euros. (20% sobre 200.000).
- Los territorios forales ganan en deducciones aplicables en el impuesto de sociedades a las empresas que inviertan en startups. Se trata de un claro guiño a las compañías tractoras que crean corporate ventures. Bizkaia es la más generosa, ya que permite restarse el 35% de lo invertido sobre una base máxima de 200.000 euros. Nada dice la ley estatal al respecto, ni tampoco ha creado algo parecido al 64bis, un incentivo que consiste en que una compañía tractora pueda financiar a una startup a cambio de sus beneficios fiscales.
- Hay también curiosidades en lo que se entiende por startup. En general, los territorios forales incluyen aquí a toda empresa fuertemente innovadora creada en los últimos siete años. En Madrid se ha puesto el límite en los cinco años, salvo para las de biotecnología. Gipuzkoa amplía el concepto a las compañías con fuerte crecimiento, por muy antiguas que sean. Bizkaia premia especialmente a las startups de silver economy.
- Los territorios forales ganan también en la exención en el impuesto sobre el patrimonio de las inversiones realizadas en startups. En principio, no hay que pagar nada por este concepto durante los 15 años siguientes al que se ha hecho la inversión. Nada dice la ley estatal al respecto. Es cierto, eso sí, que algunas comunidades como Madrid han eliminado por completo el impuesto sobre el patrimonio.
- También hay empate en exenciones en IRPF a los beneficios obtenidos por inversiones realizadas en startups. Está exento el 100% de lo que se reinvierta en nuevas empresas. La única diferencia la establece Bizkaia, que ha previsto una exención del 50% en todo caso.
- El empate se registra también en los incentivos a las stock options, que hasta ahora estaban penalizadas como ingresos del trabajo, salvo en Gipuzkoa, que siempre ha fomentado más la participación de los trabajadores.
- Hay que mencionar, finalmente, que Bizkaia y Gipuzkoa aprobaron hace dos años incentivos específicos para los profesionales que trabajan en gestoras de capital riesgo, el conocido como «carried interest». Al permitir tributar como rentas del ahorro los beneficios que obtienen de sus inversiones en concepto de «comisión de éxito», pueden obtener una importante rentabilidad fiscal sobre lo que ocurre en territorio común, donde son rentas del trabajo. Mientras las rentas del ahorro están tasadas con un máximo del 25%, las del trabajo alcanzan el 49%. La nueva ley de emprendedores no parece haber recogido este tema.
El siguiente cuadro resumen ha sido elaborado con la ayuda de Amaia Legorburu, del despacho Lawesome:
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Sobre el Autor
José A. del Moral
Socio director de Alianzo, fundador de Startup 2.0 y business angel. Fue socio fundador de Ya.com. Ha coescrito dos libros sobre la Web 2.0. El Mundo lo incluye todos los años desde 2011 en la lista de los 25 españoles más influyentes en Internet.