La Audiencia de Bizkaia condena al dueño de La Gilda del Norte por emplear a trabajadores sin papeles

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado al dueño de la sociedad Agricultura Creativa 2015 S.L., conocida comercialmente como “La Gilda del Norte”, por emplear, de forma reiterada, a ciudadanos extranjeros que carecían de permiso de trabajo. Se trata de un delito contra los derechos de los trabajadores (artículo 311 bis del Código Penal), con una pena de 18.000 euros y una indemnización de 2.500 euros para cada persona «sin papeles» por los daños morales.


Por otro lado, el tribunal ha absuelto a su hija de los delitos de los que venía siendo acusada como cómplice por las acusaciones particulares -la Fiscalía no formuló acusación en su contra- al estimar que no ha quedado acreditado que ella participara “de alguna manera en la contratación de trabajadores ilegales en la empresa de su padre”, ni que actuara “en calidad de gerente de dicha mercantil”.

El tribunal declara probado que el acusado se dedicó entre diciembre de 2018 y mayo de 2021 a “la contratación reiterada” de ciudadanos extranjeros en situación irregular en España, sin permiso de trabajo, sin ser dados de alta en la Seguridad Social y sin poner en conocimiento de las autoridades españolas su condición de trabajadores de su empresa. También que advertía a los empleados que en caso de inspección tenían que esconderse en las instalaciones de la empresa.

El fallo describe un patrón continuado de contratación de ciudadanos extranjeros en situación administrativa irregular, muchos de los cuales trabajaron durante años sin contrato ni cobertura social. Durante las inspecciones realizadas en diciembre de 2020 y mayo de 2021, varios empleados fueron encontrados sin documentación, mientras que otros permanecían escondidos en instalaciones como baños o cámaras frigoríficas.

Además, tras la primera inspección, la empresa modificó los turnos para operar en horario nocturno con el objetivo de eludir el control de las autoridades. Los testimonios recogidos durante el juicio apuntan a jornadas intensas, salarios en efectivo —en torno a 800 euros mensuales— y ausencia de medidas básicas de prevención de riesgos laborales, incluso en plena pandemia.

“Se acredita con base a dicha prueba que el acusado de forma asidua o reiterada ocupaba a ciudadanos en situación irregular en España sin permiso de trabajo”, quienes “debido a ello y a la necesidad de subsistencia, se veían abocados a asumir las condiciones laborales” que este les ofrecía, “aprovechándose de que estos ciudadanos se encontraban en posición de debilidad por la amenaza de poder ser expulsados” del territorio nacional, afirma la Audiencia.

La acusación particular formuló acusación contra el empresario por otros delitos de los que sin embargo el tribunal le absuelve por distintos motivos recogidos en la resolución. Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

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