En qué casos Osakidetza debe pagar un tratamiento privado

Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco indica con claridad en qué casos Osakidetza se debe hacer cargo de un tratamiento médico privado. En el fallo, un paciente había abonado 56.000 euros a la clínica IMQ Zorrotzaurre por una atención oncológica que en ese momento no ofrecía la sanidad pública pero que posteriormente sí lo haría.


Estas son las condiciones que deben reunirse:

  • Si hay urgencia vital (peligro para la vida o para un órgano importante o bien se pone en peligro una curación definitiva) o un error de diagnóstico por parte de la sanidad pública y se acude a la privada, Osakidetza debe abonar los gastos necesarios para obtener una correcta valoración del origen de las dolencias.
  • Si el tratamiento alternativo de la sanidad privada es beneficioso o mejora las expectativas de vida y es apremiante e imprescindible, Osakidetza debe hacerse cargo del mismo. La clave es que la sanidad privada no se use de manera «abusiva», lo que implica, entre otras cosas, que se trate de un medicamento o tratamiento autorizado tras una evaluación que realizan el Ministerio de Sanidad y el Instituto de Salud Carlos III.
  • Si la sanidad pública se demora excesivamente en su tratamiento o no dispone de instalaciones adecuadas, el paciente puede recurrir a una clínica privada y Osakidetza deberá reintegrarle los gastos.

Sentencia completa

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