Hace unos cuantos meses Cebek mandó una polémica circular (PDF y resumen elaborado por una asesoría) sobre la obligatoriedad de que un administrador de una empresa vizcaína recibiera un mínimo de 36.000€ anuales en contraprestación por los servicios de empresas vinculadas (administrador de la empresa con más de un 25% del capital social de la misma). Esta circular ha provocado que muchos gerentes de empresas se hayan tenido que subir el sueldo, a pesar que en estos momentos a la empresa puede que le venga mal. (Atentos a la subida de recaudación de IRPF).

Entiendo que con esta medida se intente aumentar la recaudación de IRPF y a su vez cerrar “vaciladas” que se producían con administradores de empresas más o menos grandes que no llegaban muchas veces a ser mileuristas. Sin negar “tomaduras de pelo” y que este aumento recaudatorio va a venir muy bien, me está dando miedo que la Diputación de Bizkaia no se haya dado cuenta de que con esta medida se va a provocar deslocalizaciones empresariales o que directamente no se emprenda en Bizkaia. En el último mes he tenido conocimiento de tres empresas que podrían estar en Bizkaia y que directamente se han constituido en otros territorios.

-          Empresa importa-venta interior. Se dedica a comprar productos de USA y de China (sin IVA) y los vende en España (con IVA). Su tiempo de dedicación es pequeña, ya que al traer los containers no tiene por qué dedicarle tanto tiempo. El año pasado facturó cerca de 400k y tuvo un margen antes de sueldos de 23k. Como él me decía, 23k por algo que no le lleva más de 500 horas de dedicación al año está muy bien. Con la nueva legislación, sin la posibilidad de argumentar tiempos de dedicación y con la obligatoriedad de ganar 36k (y pagar 6k en impuestos), su solución es cambiar el domicilio social o crear una nueva empresa en la comunidad valenciana. (para evitarse problemas creará una nueva empresa) ¿Quién pierde? La diputación Bizkaina que no va a volver a ver 50 k que pagó en IVA, la asesoría que le llevaba la fiscalidad, etc.

-         Nuevo emprendedor – autónomo. De Bilbao, en concreto de Santutxu, él quería constituir la empresa en Bizkaia a pesar de vivir en Madrid. El 1% de diferencia de Impuesto de Sociedades no es que le compensara demasiado, pero para él era una bonita excusa para venir a Bilbao una vez al mes. El es un perfil de autónomo claro, pero ante necesidad de imagen, tiene que ser SL. Ni de palo va a ganar los 36k mínimos que se exigen en Bizkaia. Solución: constitución en Madrid. La Diputación de Bizkaia deja de recaudar IVA y AJD, los notarios de Bilbao tienen un cliente menos y las asesorías pues lo mismo.

-          Business angel de Barcelona que quería invertir en una empresa vizcaína. Un BA reconocido en el sector de Internet no va a realizar una inversión en una empresa vizcaina por la sencilla razón de que si el gerente de una startup tiene que ganar de primeras 36k al año, posiblemente el proyecto se vaya al garete. En una startup hay que pasarlo mal, el gerente normalmente gana poco y confía que su empresa con el tiempo valga mucho más. Si tiene que ganar 36k (3.000€ al mes) muchos van a pensar más en un trabajo de autoempleo que en crear una empresa importante.  La inversión no se ha materializado y para que ésta se materialice es obligatorio que la sede social de la nueva empresa NO SEA BIZKAIA.

Creo que alguien desde la diputación debería recapacitar y pensar en excepciones en esta norma. Sobre todo para empresas de reciente creación, porque si no corremos el riesgo de cargarnos el emprendizaje en Bizkaia. ¿Qué debe hacer un emprendedor que está comenzando y que su empresa recién creada no puede permitirse pagarle 36k? ¿IRSE DE BIZKAIA?

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