prohibidoUltimamente se habla mucho de la recién aprobada ordenanza del espacio público de Bilbao, que prohíbe la prostitución y el botellón. Se trata, en cualquier caso, de una regulación muy completa que cubre una gran cantidad de supuestos, muchos de ellos totalmente desconocidos. Véamoslos.

- Prohíbe follar en la calle, salvo que se haga de una manera disimulada. Literalmente dice: “(están probibidas) las prácticas o actos en las que el sexo esté explicitado, y sea pública y notoria su realización, de forma y manera que resulte imposible no advertirlo o evitarlo por parte de la generalidad de la ciudadanía”.

- El botellón (que no tiene por qué ser de alcohol) sólo está prohibido si se produce una gran aglomeración de personas, se causan molestias a los viandantes o hay niños cerca. Es decir, un botellón en una zona poco transitada es perfectamente legal.

- Los músicos pueden tocar en la calle con su correspondiente cesta para “donaciones” siempre que no toquen más de 45 minutos en el mismo sitio y no rebasen las 10 de la noche.

- Está prohibido dormir en la calle, incluidos los bancos y otro mobiliario urbano.

- Está prohibido bañarse o fregar en fuentes o estanques, incluso cuando gana el Athletic, ya que no se ponen excepciones.

- Está prohibido cocinar en la calle.

- Está prohibido repartir publicidad y prensa gratuita en la calle. Los que lo hacen deben disponer de una autorización municipal. La próxima vez que alguien te dé un panfleto, ya sabes que puedes denunciarle.

- Está prohibido comprar a vendedores ambulantes. Sí, comprar. Así que la próxima vez que un iñaki te ofrezca CDs, ya sabes que si los compras, te puede caer una bonita multa.

- Está prohibido demandar servicios sexuales. También ofrecerlos, claro está. Es decir, que los puteros es mejor que se vayan a un piso.

- Está prohibido ir en patines por la acera… y también por los bidegorris, con lo que la única opción que les queda a los patinadores es circular por la calzada, junto a los coches.

- Es legal ir en bicicleta por una zona peatonal, siempre que se haga con cuidado, lo que traducido a términos legales significa dejar dos metros entre vehículo y peatón. Por cierto, los peatones no pueden circular por los bidegorris, cosa que yo he visto hacer en innumerables ocasiones.

- Los coches deben aparcarse al menos a 20 centímetros del bordillo de la acera. Esta norma proviene de la Ordenanza Municipal de Circulación de 1999 y su objetivo es facilitar el trabajo de los barrenderos.

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